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Empresas y socios

Dividendos e ISR a cargo

Calcula el ISR que paga la empresa por dividendos que no vienen de su CUFIN, la retención adicional de 10% al socio y lo que el socio persona física acumula y acredita en su declaración anual.

Ejercicio 2026Parámetros: versión 2026.1Factor 1.4286 · tasa 30% · adicional 10%

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No pedimos RFC ni datos personales.

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No causa la retención de 10%.
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Sólo si la empresa las identificó y cumple los requisitos del estímulo.
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Resultado estimado

Ejemplo precargado
ISR de la empresa (art. 10)$171,432.00
Retención al socio$100,000.00
Neto que recibe el socio$900,000.00
ISR acreditable en la anual del socio$428,580.00
Sin CUFIN $400,000.00Acumulable en la anual $1,428,600.00ISR al pagar el dividendo $271,432.00

La empresa paga $171,432.00 a más tardar el día 17 del mes siguiente y puede acreditarlo contra su ISR del ejercicio y de los dos siguientes (art. 10).

La retención de 10% es pago definitivo y no se acredita en la anual. La persona física debe acumular el dividendo en su declaración anual (LISR art. 140). Para acreditar el ISR de la empresa, acumula también ese ISR (dividendo × 1.4286) y debe tener la constancia y el CFDI.

ConceptoImporte
Dividendo$1,000,000.00
Viene de la CUFIN de 2014 en adelante$600,000.00
Viene de la CUFIN de 2013 y anteriores$0.00
Parte sin CUFIN$400,000.00
Por el factor de 1.4286$400,000.00 por 1.4286$571,440.00
ISR de la empresa (art. 10)30% de $571,440.00$171,432.00
Base de la retención adicionalUtilidades generadas desde 2014$1,000,000.00
Retención adicional10.00% de $1,000,000.00$100,000.00
Retención al socioArt. 140, segundo párrafo; pago definitivo$100,000.00
Neto que recibe el socio$900,000.00
Ingreso acumulable en la anual$1,000,000.00 por 1.4286$1,428,600.00
ISR acreditable en la anual30% de $1,428,600.00$428,580.00

Metodología

Cómo se calcula

Resumen de los artículos 4, 9, 10, 77, 140 y 164 de la LISR, del transitorio noveno, fracción XXX, de 2013 y del estímulo de 2015.

  1. Los dividendos que vienen de la CUFIN no pagan ISR en la empresa. Lo que no viene de la CUFIN se multiplica por 1.4286 y se le aplica 30%. Es pago definitivo y se entera a más tardar el día 17 del mes siguiente.
  2. La empresa acredita ese ISR contra el del ejercicio en que paga el dividendo y, el remanente, hasta en los dos ejercicios siguientes. En el año en que lo acredita, disminuye su UFIN con el ISR acreditado entre 0.4286.
  3. A personas físicas y residentes en el extranjero se les retiene 10% adicional, como pago definitivo, sobre dividendos de utilidades generadas desde 2014. Lo que viene de la CUFIN de 2013 y anteriores no lo causa.
  4. Estímulo: por dividendos de utilidades de 2014, 2015 y 2016 reinvertidas, la persona física tiene un crédito de 5% del dividendo contra ese 10%.
  5. Residentes en el extranjero: el retenedor puede aplicar la tasa menor de un tratado si se acredita la residencia.
  6. La persona física acumula en su declaración anual el dividendo por 1.4286 y acredita 30% de esa cantidad, con el CFDI de la empresa. La retención de 10% no se acredita.
  7. Una persona moral residente en México no acumula el dividendo y lo suma a su CUFIN.
ConceptoValorFuente
ISR de la empresaDividendo que no viene de la CUFIN por 1.4286, a la tasa de 30%; pago definitivo, a más tardar el día 17 del mes siguienteLISR arts. 9 y 10 (LISR, DOF del 11 de diciembre de 2013)
AcreditamientoContra el ISR del ejercicio y, el remanente, hasta en los dos siguientes; la UFIN se disminuye con el ISR acreditado entre 0.4286LISR art. 10, frs. I y II (LISR, DOF del 11 de diciembre de 2013)
CUFINLos dividendos que vienen de su saldo no causan el ISR de la empresaLISR arts. 10 y 77 (LISR, DOF del 11 de diciembre de 2013)
Retención adicional10% a personas físicas y residentes en el extranjero; pago definitivoLISR arts. 140, segundo párrafo, y 164, fr. I (LISR, DOF del 11 de diciembre de 2013)
Utilidades hasta 2013No causan el 10% si la empresa lleva por separado la CUFIN de 2013 y la de 2014 en adelanteTransitorio noveno, fr. XXX (LISR, DOF del 11 de diciembre de 2013)
Estímulo de 2014 a 2016Crédito de 5% del dividendo contra el 10%, para utilidades reinvertidas de 2014, 2015 y 2016 distribuidas desde 2019; requiere identificarlas y, si la empresa no cotiza, dictamenDecreto DOF del 18 de noviembre de 2015, art. tercero, fr. I
TratadosEl retenedor aplica la tasa menor del tratado si se acredita la residenciaLISR art. 4
Persona física en la anualAcumula el dividendo por 1.4286 y acredita 30% de esa cantidad, con el CFDI de la empresaLISR art. 140, primer párrafo (LISR, DOF del 11 de diciembre de 2013)
Recursos repatriadosRetención de 20% en lugar de 10% durante tres años (no cubierto por la calculadora)LIF 2026, transitorio vigésimo cuarto, fr. VI (DOF del 7 de noviembre de 2025)

Versiones

Historial de actualizaciones

Cada cambio de cifras o reglas queda registrado con su fecha y su fuente oficial.

Vigente desdeVersiónQué cambióFuenteRevisión
1 ene 20262026.1Sin cambios en el factor de 1.4286, la tasa de 30% ni el 10% adicional. Se agrega la nota de dividendos de recursos repatriados (retención de 20%).LIF 2026, DOF del 7 de noviembre de 2025Validado por CMS · 9 oct 2026
Casos de control

La rutina de actualización corre estos casos antes de publicar una versión nueva. Si alguno no coincide, la herramienta no se actualiza. Importes esperados validados por CMS el 9 de octubre de 2026.

CasoEsperado (empresa / retención)ObtenidoEstado
Ejemplo: persona física, $1,000,000 con $600,000 de CUFIN$171,432.00 / $100,000.00$171,432.00 / $100,000.00Coincide
Persona física, todo de la CUFIN de 2014 en adelante$0.00 / $50,000.00$0.00 / $50,000.00Coincide
Persona física, $300,000 de la CUFIN de 2013$0.00 / $20,000.00$0.00 / $20,000.00Coincide
Persona moral residente, $250,000 sin CUFIN$107,145.00 / $0.00$107,145.00 / $0.00Coincide
Residente en el extranjero con tratado de 5%, todo de CUFIN$0.00 / $40,000.00$0.00 / $40,000.00Coincide
Residente en el extranjero, $200,000 de CUFIN de 2013 y el resto sin CUFIN$257,148.00 / $60,000.00$257,148.00 / $60,000.00Coincide
Persona física con estímulo por $400,000 de utilidades de 2014 a 2016$0.00 / $80,000.00$0.00 / $80,000.00Coincide
Persona física, $123,456.78 sin CUFIN (redondeo)$52,911.11 / $12,345.68$52,911.11 / $12,345.68Coincide

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El equipo de CMS puede revisar el saldo de tu CUFIN, el origen de las utilidades y las retenciones antes del pago. Tel. 81 4452 6052 / 53 / 54 / 55 · contacto@cmsconsultores.mx · Batallón de San Patricio 111 Int. 1905, Torre Comercial América, Valle Oriente, San Pedro Garza García, N.L. 66278