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Personas físicas

ISR de actividades empresariales y profesionales

Estima tu pago provisional de ISR del mes, en el régimen general o en RESICO, con lo que cobraste, tus deducciones y lo que ya te retuvieron o pagaste.

Ejercicio 2026Parámetros: versión 2026.2Pago a más tardar el día 17 del mes siguiente o el siguiente día hábil

Captura tus datos

Montos sin IVA, efectivamente cobrados o pagados. No pedimos RFC ni datos personales.

Acumulado del 1 de enero al cierre del mes
$
Gastos e inversiones del periodo, con CFDI.
$
$
Pendientes de aplicar, ya actualizadas.
$
$
El 10% de tus honorarios, acumulado en el año.
$

Resultado estimado

Ejemplo precargado
Base del periodo$210,000.00
ISR del periodo$38,783.29
Pago del mes$8,783
Tarifa 4 mesesTasa marginal 23.52%Fecha límite 18 de mayo 2026 (el 17 es domingo)
ConceptoImporte
Ingresos cobradosDel 1 de enero al cierre de abril$320,000.00
Menos: deducciones y PTU$110,000.00
Base del periodo$210,000.00
ISR del periodo$22,660.64 de cuota fija + 23.52% sobre $68,548.67$38,783.29
Menos: pagos provisionales anteriores$18,000.00
Menos: retenciones de personas morales$12,000.00
Pago del mes$8,783.29 ajustado a pesos (CFF art. 20)$8,783

Metodología

Cómo se calcula

Resumen del procedimiento de cada régimen y de las tarifas 2026.

Régimen general

  1. A los ingresos cobrados del 1 de enero al cierre del mes se les restan las deducciones pagadas en el mismo periodo y la PTU pagada; el resultado es la utilidad.
  2. A la utilidad se le restan las pérdidas fiscales de años anteriores para obtener la base.
  3. A la base se le aplica la tarifa del periodo: la tarifa mensual multiplicada por el número de meses transcurridos.
  4. Del ISR resultante se restan los pagos provisionales de meses anteriores y las retenciones del año. El pago se ajusta a pesos; si el resultado es negativo, no hay pago ese mes.
Tarifa para el pago de abril (4 meses)
Límite inferiorLímite superiorCuota fija% sobre excedente
$0.01$3,378.36$0.001.92%
$3,378.37$28,674.04$64.886.40%
$28,674.05$50,392.08$1,683.8010.88%
$50,392.09$58,578.56$4,046.7216.00%
$58,578.57$70,134.56$5,356.5617.92%
$70,134.57$141,451.32$7,427.3621.36%
$141,451.33$222,946.72$22,660.6423.52%
$222,946.73$425,642.00$41,828.3630.00%
$425,642.01$567,522.64$102,636.9232.00%
$567,522.65$1,702,567.96$148,038.7634.00%
$1,702,567.97En adelante$533,954.1635.00%

RESICO

  1. La tasa depende del total cobrado en el mes, sin IVA, y se aplica a todo ese monto, sin deducciones.
  2. Se resta el 1.25% que te retuvieron las personas morales. El pago del mes es definitivo y se ajusta a pesos.
Ingresos cobrados en el mes, hastaTasa
$25,000.001.00%
$50,000.001.10%
$83,333.331.50%
$208,333.332.00%
$3,500,000.002.50%
ConceptoValorFuente
Tarifa de pagos provisionalesTarifa acumulada del mes que publica el Anexo 8: la mensual del artículo 96 por los meses del periodo; cada límite inferior es el superior anterior más un centavoLISR art. 106 (LISR, DOF del 11 de diciembre de 2013); Anexo 8 de la RMF 2026
Retención por honorarios10% del monto pagado por personas morales; se acredita contra el pagoLISR art. 106
Pérdidas fiscalesSe restan de la utilidad del periodo; no se restan de otros tipos de ingresoLISR arts. 106 y 109
RESICO: tasaDe 1.00% a 2.50% sobre el total cobrado en el mes, sin deduccionesLISR art. 113-E (DOF del 12 de noviembre de 2021)
RESICO: retención1.25% de lo que te pagan personas moralesLISR art. 113-J (DOF del 12 de noviembre de 2021)
RESICO: límite de ingresos$3,500,000 en el año; al rebasarlo, se sale del régimen a partir del mes siguienteLISR art. 113-E
Fecha de pagoA más tardar el día 17 del mes siguiente; si es sábado, domingo o día inhábil, el siguiente día hábilLISR arts. 106 y 113-E; CFF art. 12
Ajuste a pesosDe 1 a 50 centavos, a la unidad inferior; de 51 a 99, a la superiorCódigo Fiscal de la Federación, art. 20

Versiones

Historial de actualizaciones

Cada cambio de cifras o reglas queda registrado con su fecha y su fuente oficial.

Vigente desdeVersiónQué cambióFuenteRevisión
9 oct 20262026.2Corrección: los límites inferiores de la tarifa acumulada ahora son los que publica el Anexo 8 (superior anterior más un centavo). El caso de control de junio pasa de $22,416 a $22,417.Anexo 8 de la RMF 2026, apartado BValidado por CMS · 9 oct 2026
1 ene 20262026.1Tarifa mensual del artículo 96 actualizada por inflación; los porcentajes no cambian. La tasa del 30% empieza en $55,736.69 al mes (antes $49,233.01) y la del 35% en $425,642.00 (antes $375,975.62). Las tasas de RESICO no cambian.Anexo 8 de la RMF 2026, DOF del 28 de diciembre de 2025Validado por CMS · 9 oct 2026
Casos de control

La rutina de actualización corre estos casos antes de publicar una versión nueva. Si alguno no coincide, la herramienta no se actualiza. Importes esperados validados por CMS el 9 de octubre de 2026.

CasoEsperadoObtenidoEstado
Régimen general, junio, sin retenciones$22,417$22,417Coincide
Honorarios con retención del 10%, marzo$1,267$1,267Coincide
PTU y pérdidas de años anteriores, septiembre (sin pago)$0$0Coincide
Diciembre con tarifa de 12 meses$5,243$5,243Coincide
RESICO, $40,000 en el mes$440$440Coincide
RESICO, $120,000 con retención del 1.25%$1,400$1,400Coincide
RESICO, límite exacto de $25,000$250$250Coincide
RESICO, un centavo arriba de $83,333.33$1,667$1,667Coincide

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El equipo de Impuestos de CMS puede revisar tu caso. Tel. 81 4452 6052 / 53 / 54 / 55 · contacto@cmsconsultores.mx · Batallón de San Patricio 111 Int. 1905, Torre Comercial América, Valle Oriente, San Pedro Garza García, N.L. 66278