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IVA mensual

Estima el IVA a cargo o el saldo a favor del mes a partir de lo que cobraste y pagaste, con retenciones, proporción de acreditamiento y saldo a favor de meses anteriores.

Ejercicio 2026Parámetros: versión 2026.2Pago a más tardar el día 17 del mes siguiente o el siguiente día hábil

Captura tus datos

Montos sin IVA, efectivamente cobrados o pagados en el mes. No pedimos RFC ni datos personales.

Lo que cobraste
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Cobros que no son actos o actividades gravados ni exentos (LIVA art. 4-A). No causan IVA, pero cuentan en el total para la proporción de acreditamiento.
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Por ejemplo, dos terceras partes del IVA cuando una persona moral te paga honorarios o renta.
Lo que pagaste
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Sirven a la vez para actividades gravadas y exentas; su IVA se acredita en proporción. El IVA de gastos sólo para actividades exentas no se acredita.
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Se entera en esta declaración como retención.
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LIVA art. 5, fracc. IV.
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Sólo se acredita contra IVA a cargo de meses posteriores o se pide en devolución (LIVA art. 6).

Resultado estimado

Ejemplo precargado
IVA trasladado cobrado$9,600.00
IVA acreditable$3,520.00
Total a pagar$4,080
Proporción de acreditamiento 60%Fecha límite 19 de octubre 2026 (el 17 es sábado)
ConceptoImporte
IVA trasladado cobrado16%: $9,600.00$9,600.00
Menos: IVA que te retuvieron tus clientes$0.00
Menos: IVA acreditableGastos con IVA al 16%: $1,600.00 · Uso indistinto: $3,200.00 × 60% = $1,920.00$3,520.00
IVA a cargo del mes$6,080.00
Menos: saldo a favor de meses anteriores$2,000.00
IVA a pagar$4,080.00
Más: IVA que retuviste a tercerosSe entera como retención$0.00
Total a pagar en la declaración$4,080.00 ajustado a pesos (CFF art. 20)$4,080

Metodología

Cómo se calcula

Resumen del procedimiento y de los parámetros que usa esta versión.

  1. Se calcula el IVA trasladado de lo cobrado en el mes: 16%, o 8% si aplicas el estímulo de la región fronteriza.
  2. Se resta el IVA que te retuvieron tus clientes, porque ellos lo enteran por ti.
  3. Se resta el IVA acreditable de lo pagado, a la tasa que te trasladó el proveedor: completo en gastos para actividades gravadas y en proporción en gastos de uso indistinto. La proporción es lo gravado (incluido el 0%) entre el total cobrado del mes, que también incluye lo exento y lo no objeto del IVA.
  4. Si el resultado es a cargo, se aplica el saldo a favor de meses anteriores; si es a favor, queda para meses siguientes o para devolución.
  5. Se suma el IVA que retuviste a terceros y el total a pagar se ajusta a pesos.
ParámetroValorFuente
Tasa general16%Ley del IVA, art. 1
Tasa en región fronteriza8% (crédito del 50% del IVA)Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte y sur; vigente hasta el 31 de diciembre de 2026
Tasa 0%Alimentos no procesados, medicinas, exportaciones y otrosLey del IVA, arts. 2-A y 29
Actos exentosCasa habitación, enseñanza, servicios médicos y otrosLey del IVA, arts. 9, 15, 20 y 25
IVA acreditableEfectivamente pagado, estrictamente indispensable y con CFDILey del IVA, art. 5
Proporción de acreditamientoActos gravados (incluido 0%) entre el total de actos del mes, incluidos los exentos y los no objeto del IVALey del IVA, art. 5, fracc. V, inciso c), y art. 4-A
Retención a personas físicasDos terceras partes del IVA en honorarios y arrendamiento pagados por personas moralesLey del IVA, art. 1-A; Reglamento, art. 3
Saldo a favorAcreditamiento en meses siguientes o devoluciónLey del IVA, art. 6
Pago mensualA más tardar el día 17 del mes siguiente; si es sábado, domingo o día inhábil, el siguiente día hábilLey del IVA, art. 5-D; CFF art. 12
Ajuste a pesosDe 1 a 50 centavos, a la unidad inferior; de 51 a 99, a la superiorCódigo Fiscal de la Federación, art. 20

Versiones

Historial de actualizaciones

Cada cambio de cifras o reglas queda registrado con su fecha y su fuente oficial.

Vigente desdeVersiónQué cambióFuenteRevisión
1 ene 20262026.1Se prorroga el estímulo fiscal de las regiones fronterizas norte y sur hasta el 31 de diciembre de 2026; el IVA sigue al 8% para los inscritos en el padrón.Decreto publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2025Validado por CMS · 9 oct 2026
Casos de control

La rutina de actualización corre estos casos antes de publicar una versión nueva. Si alguno no coincide, la herramienta no se actualiza. Importes esperados validados por CMS el 9 de octubre de 2026.

CasoEsperadoObtenidoEstado
Empresa al 16%, sin exentosTotal a pagar: $8,000.00Total a pagar: $8,000.00Coincide
Persona física con honorarios a personas morales (retención de 2/3)Total a pagar: $533.00Total a pagar: $533.00Coincide
Con actos exentos, gastos de uso indistinto y saldo anteriorTotal a pagar: $4,080.00Total a pagar: $4,080.00Coincide
Con cobros no objeto del IVA (cuentan en la proporción, LIVA art. 5, fracc. V, inciso c)Total a pagar: $4,080.00Total a pagar: $4,080.00Coincide
Región fronteriza al 8%Total a pagar: $2,400.00Total a pagar: $2,400.00Coincide
Mes con saldo a favorSaldo a favor: $6,400.00Saldo a favor: $6,400.00Coincide

¿Tienes saldos a favor de IVA o dudas sobre lo acreditable?

El equipo de Impuestos de CMS puede revisar tu caso. Tel. 81 4452 6052 / 53 / 54 / 55 · contacto@cmsconsultores.mx · Batallón de San Patricio 111 Int. 1905, Torre Comercial América, Valle Oriente, San Pedro Garza García, N.L. 66278