IMMEX: Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación
VigentePermite a empresas con programa autorizado importar temporalmente insumos, maquinaria y equipo para elaborar, transformar o reparar mercancías que se exportan.
- Decreto
- 1 nov 2006
- Última reforma
- 28 ago 2025
- Autoridad
- Secretaría de Economía
Decreto relacionado: Decreto que otorga estímulos fiscales a la industria manufacturera, maquiladora y de servicios de exportación (vigente y sin reformas; su beneficio de IVA requiere la certificación del artículo 28-A de la Ley del IVA), DOF 26 dic 2013
Reformas publicadas (13)
- 16 may 2008: Reforma arts. 4 (fr. I, 2o. párr.) y 5 (fr. I y III) y adiciona el Anexo I BIS (mercancías con plazo de 6 meses y excluidas de la modalidad de servicios).
- 24 dic 2010: Reforma arts. 4, 5, 6, 11, 18, 24-27, 32 y 33; adiciona 6 BIS y 34; reforma Anexos I y II, adiciona Anexo I TER y deroga Anexo IV; su 4o. transitorio abroga los decretos ALTEX (1990) y ECEX (1997).
- 6 ene 2016: Reforma arts. 2 fr. I, 4, 5, 6 BIS, 11, 21, 22, 24, 27 y 32; adiciona fracciones/incisos; deroga arts. 33 y 34 2o. párr.; reforma Anexos I y II y deroga Anexos I BIS, I TER y III.
- 28 jul 2016: Arts. Tercero y Cuarto: adiciona y elimina fracciones arancelarias del Apartado C del Anexo II (textil y confección).
- 5 oct 2017: Art. 8: adiciona fracciones arancelarias al Anexo I y al Anexo II, apartados A y C.
- 10 abr 2019: Arts. Decimotercero y Decimocuarto: adiciona y elimina fracciones del Apartado C del Anexo II.
- 20 sep 2019: Arts. Décimo a Décimo Segundo: adiciona fracciones a los Apartados B y D del Anexo II, modifica descripciones y elimina fracciones del Apartado B. Este decreto se abrogó después.
- 20 dic 2019: Art. 3: adiciona un Apartado G al Anexo II (fracciones 9802.00.xx, mercancías al amparo de la Regla 8a.); vigor 1/01/2020.
- 24 dic 2020: Reforma art. 15, fr. III, IV y VII, y los Anexos I y II (Apartados A a F); vigor 28/12/2020.
- 17 may 2021: Adiciona una fracción al Apartado D del Anexo II y suprime la 7613.00.01 de ese apartado.
- 18 nov 2022: Art. Octavo: modifica los Anexos I y II (Apartados A a F) para ajustarlos a la nueva TIGIE (DOF 07/06/2022).
- 19 dic 2024: Art. Segundo: modifica el Anexo I (mercancías que no pueden importarse temporalmente); según considerandos, para incluir prendas confeccionadas (caps. 61, 62, 63 y subpartidas 9404.40 y 9404.90 de la TIGIE). Vigor al día siguiente.
- 28 ago 2025: Art. Primero: modifica el Anexo I para que no puedan importarse temporalmente calzados terminados (partidas 64.01 a 64.05, según considerandos). Vigor al día siguiente.
Modalidades del programa (artículo 3) (5)
- I.- Controladora de empresas, cuando en un mismo programa se integren las operaciones de manufactura de una empresa certificada denominada controladora y una o más sociedades controladas;
- II.- Industrial, cuando se realice un proceso industrial de elaboración o transformación de mercancías destinadas a la exportación;
- III.- Servicios, cuando se realicen servicios a mercancías de exportación o se presten servicios de exportación, únicamente para el desarrollo de las actividades que la Secretaría determine, previa opinión de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
- IV.- Albergue, cuando una o varias empresas extranjeras le faciliten la tecnología y el material productivo, sin que estas últimas operen directamente el Programa, y
- V.- Terciarización, cuando una empresa certificada que no cuente con instalaciones para realizar procesos productivos, realice las operaciones de manufactura a través de terceros que registre en su Programa.
