Las multas del Código Fiscal de la Federación con sus montos actualizados para 2026, y las del IMSS y la Ley Federal del Trabajo, con la conducta que las origina y su fundamento.
Ejercicio
2026
Fuente
Anexo 5 RMF 2026, CFF, LSS y LFT
Montos
CFF en pesos desde el 1 ene 2026; IMSS y LFT en UMA de $117.31
Revisión
Validado por CMS · 10 oct 2026
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Escribe la conducta o el artículo, por ejemplo «declaración», «CFDI», «contabilidad» o «82».
247 multas; se muestran 30.
CFFRFC e inscripción
No solicitar la inscripción cuando se está obligado a ello o hacerlo extemporáneamente, salvo cuando la solicitud se presente de manera espontánea
CFF art. 79, fr. I: No solicitar la inscripción cuando se está obligado a ello o hacerlo extemporáneamente, salvo cuando la solicitud se presente de manera espontánea. Se excluye de responsabilidad por la comisión de esta infracción a las personas cuya solicitud de inscripción debe ser legalmente efectuada por otra, inclusive cuando dichas personas quede subsidiariamente obligadas a solicitar su inscripción.
CFF art. 80, fr. I: De $5,070.00 a $15,200.00, a las comprendidas en las fracciones I, II y VI.
No presentar solicitud de inscripción a nombre de un tercero cuando legalmente se esté obligado a ello o hacerlo extemporáneamente, salvo cuando la solicitud se presente espontáneamente
CFF art. 79, fr. II: No presentar solicitud de inscripción a nombre de un tercero cuando legalmente se esté obligado a ello o hacerlo extemporáneamente, salvo cuando la solicitud se presente espontáneamente.
CFF art. 80, fr. I: De $5,070.00 a $15,200.00, a las comprendidas en las fracciones I, II y VI.
CFF art. 79, fr. VI: Señalar como domicilio fiscal para efectos del registro federal de contribuyentes, un lugar distinto del que corresponda conforme al Artículo 10.
CFF art. 80, fr. I: De $5,070.00 a $15,200.00, a las comprendidas en las fracciones I, II y VI.
Tratándose de contribuyentes que tributen conforme al Título IV, Capítulo II, Sección II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, la multa será de $1,800.00 a $3,600.00.
Texto de la ley
CFF art. 79, fr. III: No presentar los avisos al registro o hacerlo extemporáneamente, salvo cuando la presentación sea espontánea.
CFF art. 80, fr. II: De $5,400.00 a $10,780.00, a la comprendida en la fracción III. Tratándose de contribuyentes que tributen conforme al Título IV, Capítulo II, Sección II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, la multa será de $1,800.00 a $3,600.00.
No citar la clave del registro o utilizar alguna no asignada por la autoridad fiscal, en las declaraciones, avisos, solicitudes, promociones y demás documentos que se presenten ante las…
Caso: Tratándose de declaraciones
2% de las contribuciones declaradas, entre $4,310.00 y $10,790.00
Infracción: CFF art. 79, fr. IVMulta: CFF art. 80, fr. III, inciso a)
Texto de la ley
CFF art. 79, fr. IV: No citar la clave del registro o utilizar alguna no asignada por la autoridad fiscal, en las declaraciones, avisos, solicitudes, promociones y demás documentos que se presenten ante las autoridades fiscales y jurisdiccionales, cuando se esté obligado conforme a la Ley.
CFF art. 80, fr. III, inciso a): Tratándose de declaraciones, se impondrá una multa entre el 2% de las contribuciones declaradas y $10,790.00. En ningún caso la multa que resulte de aplicar el porcentaje a que se refiere este inciso será menor de $4,310.00 ni mayor de $10,790.00.
No citar la clave del registro o utilizar alguna no asignada por la autoridad fiscal, en las declaraciones, avisos, solicitudes, promociones y demás documentos que se presenten ante las…
Caso: En los demás documentos
$1,310.00 a $3,010.00
Infracción: CFF art. 79, fr. IVMulta: CFF art. 80, fr. III, inciso b)
Texto de la ley
CFF art. 79, fr. IV: No citar la clave del registro o utilizar alguna no asignada por la autoridad fiscal, en las declaraciones, avisos, solicitudes, promociones y demás documentos que se presenten ante las autoridades fiscales y jurisdiccionales, cuando se esté obligado conforme a la Ley.
CFF art. 80, fr. III, inciso b): De $1,310.00 a $3,010.00, en los demás documentos.
CFF art. 79, fr. V: Autorizar actas constitutivas, de fusión, escisión o liquidación de personas morales, sin cumplir lo dispuesto por el artículo 27 de este Código.
CFF art. 80, fr. IV: De $25,360.00 a $50,710.00, para la establecida en la fracción V.
No asentar o asentar incorrectamente en las actas de asamblea o libros de socios o accionistas, la clave en el RFC de cada socio o accionista, a que se refiere el artículo 27, apartado B…
CFF art. 79, fr. VII: No asentar o asentar incorrectamente en las actas de asamblea o libros de socios o accionistas, la clave en el registro federal de contribuyentes de cada socio o accionista, a que se refiere el artículo 27, apartado B, fracción V de este Código.
CFF art. 80, fr. V: De $5,030.00 a $15,160.00, a la comprendida en la fracción VII.
No asentar o asentar incorrectamente en las escrituras públicas en que hagan constar actas constitutivas y demás actas de asamblea de personas morales cuyos socios o accionistas deban…
CFF art. 79, fr. VIII: No asentar o asentar incorrectamente en las escrituras públicas en que hagan constar actas constitutivas y demás actas de asamblea de personas morales cuyos socios o accionistas deban solicitar su inscripción en el registro federal de contribuyentes, la clave correspondiente a cada socio o accionista, conforme al artículo 27, apartado B, fracción IX de este Código, cuando los socios o accionistas concurran a la constitución de la sociedad o a la protocolización del acta respectiva.
CFF art. 80, fr. VI: De $21,560.00 a $43,140.00, a las comprendidas en las fracciones VIII, IX y X.
No verificar que la clave del RFC aparezca en los documentos a que hace referencia la fracción anterior, cuando los socios o accionistas no concurran a la constitución de la sociedad o a la…
CFF art. 79, fr. IX: No verificar que la clave del registro federal de contribuyentes aparezca en los documentos a que hace referencia la fracción anterior, cuando los socios o accionistas no concurran a la constitución de la sociedad o a la protocolización del acta respectiva.
CFF art. 80, fr. VI: De $21,560.00 a $43,140.00, a las comprendidas en las fracciones VIII, IX y X.
No atender los requerimientos realizados por la autoridad fiscal, en el plazo concedido, respecto de corroborar la autenticidad, la validación o envío de instrumentos notariales para…
CFF art. 79, fr. X: No atender los requerimientos realizados por la autoridad fiscal, en el plazo concedido, respecto de corroborar la autenticidad, la validación o envío de instrumentos notariales para efectos de la inscripción o actualización en el registro federal de contribuyentes, conforme al artículo 27, apartado C, fracción VI de este Código.
CFF art. 80, fr. VI: De $21,560.00 a $43,140.00, a las comprendidas en las fracciones VIII, IX y X.
No presentar las declaraciones, las solicitudes, los avisos o las constancias que exijan las disposiciones fiscales, no hacerlo a través de los medios electrónicos que señale la Secretaría…
Caso: Tratándose de declaraciones, por cada una de las obligaciones no declaradas
$2,050.00 a $25,360.00
Infracción: CFF art. 81, fr. IMulta: CFF art. 82, fr. I, inciso a)
Si dentro de los seis meses siguientes a la fecha en que se presentó la declaración por la cual se impuso la multa, el contribuyente presenta declaración complementaria de aquélla, declarando contribuciones adicionales, por dicha declaración también se aplicará la multa a que se refiere este inciso.
Texto de la ley
CFF art. 81, fr. I: No presentar las declaraciones, las solicitudes, los avisos o las constancias que exijan las disposiciones fiscales, no hacerlo a través de los medios electrónicos que señale la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o presentarlos a requerimiento de las autoridades fiscales. No cumplir los requerimientos de las autoridades fiscales para presentar alguno de los documentos o medios electrónicos a que se refiere esta fracción, o cumplirlos fuera de los plazos señalados en los mismos, o no presentar los reportes de información a que se refiere el artículo 28, fracción I, apartado B de este Código a requerimiento de las autoridades.
CFF art. 82, fr. I, inciso a): De $2,050.00 a $25,360.00, tratándose de declaraciones, por cada una de las obligaciones no declaradas. Si dentro de los seis meses siguientes a la fecha en que se presentó la declaración por la cual se impuso la multa, el contribuyente presenta declaración complementaria de aquélla, declarando contribuciones adicionales, por dicha declaración también se aplicará la multa a que se refiere este inciso.
No presentar las declaraciones, las solicitudes, los avisos o las constancias que exijan las disposiciones fiscales, no hacerlo a través de los medios electrónicos que señale la Secretaría…
Caso: Por cada obligación a que esté afecto, al presentar una declaración, solicitud, aviso o constancia, fuera del plazo señalado en el requerimiento o…
$2,050.00 a $50,710.00
Infracción: CFF art. 81, fr. IMulta: CFF art. 82, fr. I, inciso b)
Texto de la ley
CFF art. 81, fr. I: No presentar las declaraciones, las solicitudes, los avisos o las constancias que exijan las disposiciones fiscales, no hacerlo a través de los medios electrónicos que señale la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o presentarlos a requerimiento de las autoridades fiscales. No cumplir los requerimientos de las autoridades fiscales para presentar alguno de los documentos o medios electrónicos a que se refiere esta fracción, o cumplirlos fuera de los plazos señalados en los mismos, o no presentar los reportes de información a que se refiere el artículo 28, fracción I, apartado B de este Código a requerimiento de las autoridades.
CFF art. 82, fr. I, inciso b): De $2,050.00 a $50,710.00, por cada obligación a que esté afecto, al presentar una declaración, solicitud, aviso o constancia, fuera del plazo señalado en el requerimiento o por su incumplimiento.
No presentar las declaraciones, las solicitudes, los avisos o las constancias que exijan las disposiciones fiscales, no hacerlo a través de los medios electrónicos que señale la Secretaría…
Caso: Por no presentar el aviso a que se refiere el primer párrafo del artículo 23 del CFF
$19,460.00 a $38,890.00
Infracción: CFF art. 81, fr. IMulta: CFF art. 82, fr. I, inciso c)
Texto de la ley
CFF art. 81, fr. I: No presentar las declaraciones, las solicitudes, los avisos o las constancias que exijan las disposiciones fiscales, no hacerlo a través de los medios electrónicos que señale la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o presentarlos a requerimiento de las autoridades fiscales. No cumplir los requerimientos de las autoridades fiscales para presentar alguno de los documentos o medios electrónicos a que se refiere esta fracción, o cumplirlos fuera de los plazos señalados en los mismos, o no presentar los reportes de información a que se refiere el artículo 28, fracción I, apartado B de este Código a requerimiento de las autoridades.
CFF art. 82, fr. I, inciso c): De $19,460.00 a $38,890.00, por no presentar el aviso a que se refiere el primer párrafo del artículo 23 de este Código.
No presentar las declaraciones, las solicitudes, los avisos o las constancias que exijan las disposiciones fiscales, no hacerlo a través de los medios electrónicos que señale la Secretaría…
Caso: Por no presentar las declaraciones en los medios electrónicos estando obligado a ello, presentarlas fuera del plazo o no cumplir con los…
CFF art. 81, fr. I: No presentar las declaraciones, las solicitudes, los avisos o las constancias que exijan las disposiciones fiscales, no hacerlo a través de los medios electrónicos que señale la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o presentarlos a requerimiento de las autoridades fiscales. No cumplir los requerimientos de las autoridades fiscales para presentar alguno de los documentos o medios electrónicos a que se refiere esta fracción, o cumplirlos fuera de los plazos señalados en los mismos, o no presentar los reportes de información a que se refiere el artículo 28, fracción I, apartado B de este Código a requerimiento de las autoridades.
CFF art. 82, fr. I, inciso d): De $20,790.00 a $41,590.00, por no presentar las declaraciones en los medios electrónicos estando obligado a ello, presentarlas fuera del plazo o no cumplir con los requerimientos de las autoridades fiscales para presentarlas o cumplirlos fuera de los plazos señalados en los mismos.
No presentar las declaraciones, las solicitudes, los avisos o las constancias que exijan las disposiciones fiscales, no hacerlo a través de los medios electrónicos que señale la Secretaría…
Caso: Por no cumplir con los requerimientos de las autoridades fiscales para enviar los reportes de información a que se refiere el artículo 28, fracción…
CFF art. 81, fr. I: No presentar las declaraciones, las solicitudes, los avisos o las constancias que exijan las disposiciones fiscales, no hacerlo a través de los medios electrónicos que señale la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o presentarlos a requerimiento de las autoridades fiscales. No cumplir los requerimientos de las autoridades fiscales para presentar alguno de los documentos o medios electrónicos a que se refiere esta fracción, o cumplirlos fuera de los plazos señalados en los mismos, o no presentar los reportes de información a que se refiere el artículo 28, fracción I, apartado B de este Código a requerimiento de las autoridades.
CFF art. 82, fr. I, inciso e): De $18,360.00 a $36,740.00, por no cumplir con los requerimientos de las autoridades fiscales para enviar los reportes de información a que se refiere el artículo 28, fracción I, apartado B de este Código, o cumplirlos fuera de los plazos señalados en los mismos.
No presentar las declaraciones, las solicitudes, los avisos o las constancias que exijan las disposiciones fiscales, no hacerlo a través de los medios electrónicos que señale la Secretaría…
CFF art. 81, fr. I: No presentar las declaraciones, las solicitudes, los avisos o las constancias que exijan las disposiciones fiscales, no hacerlo a través de los medios electrónicos que señale la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o presentarlos a requerimiento de las autoridades fiscales. No cumplir los requerimientos de las autoridades fiscales para presentar alguno de los documentos o medios electrónicos a que se refiere esta fracción, o cumplirlos fuera de los plazos señalados en los mismos, o no presentar los reportes de información a que se refiere el artículo 28, fracción I, apartado B de este Código a requerimiento de las autoridades.
CFF art. 82, fr. I, inciso f): De $2,080.00 a $6,660.00, en los demás documentos.
Presentar las declaraciones, las solicitudes, los avisos, la información a que se refiere el artículo 17-K del CFF, o expedir constancias, incompletos, con errores o en forma distinta a lo…
Caso: Por no poner el nombre o domicilio o ponerlos equivocadamente, por cada uno
$1,520.00 a $5,070.00
Infracción: CFF art. 81, fr. IIMulta: CFF art. 82, fr. II, inciso a)
Texto de la ley
CFF art. 81, fr. II: Presentar las declaraciones, las solicitudes, los avisos, la información a que se refiere el artículo 17-K de este Código, o expedir constancias, incompletos, con errores o en forma distinta a lo señalado por las disposiciones fiscales, o bien cuando se presenten con dichas irregularidades, las declaraciones o los avisos en medios electrónicos. Lo anterior no será aplicable tratándose de la presentación de la solicitud de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes.
CFF art. 82, fr. II, inciso a): De $1,520.00 a $5,070.00, por no poner el nombre o domicilio o ponerlos equivocadamente, por cada uno.
Presentar las declaraciones, las solicitudes, los avisos, la información a que se refiere el artículo 17-K del CFF, o expedir constancias, incompletos, con errores o en forma distinta a lo…
Caso: Por cada dato no asentado o asentado incorrectamente en la relación de clientes y proveedores contenidas en las formas oficiales
$30.00 a $140.00
Infracción: CFF art. 81, fr. IIMulta: CFF art. 82, fr. II, inciso b)
Texto de la ley
CFF art. 81, fr. II: Presentar las declaraciones, las solicitudes, los avisos, la información a que se refiere el artículo 17-K de este Código, o expedir constancias, incompletos, con errores o en forma distinta a lo señalado por las disposiciones fiscales, o bien cuando se presenten con dichas irregularidades, las declaraciones o los avisos en medios electrónicos. Lo anterior no será aplicable tratándose de la presentación de la solicitud de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes.
CFF art. 82, fr. II, inciso b): De $30.00 a $140.00, por cada dato no asentado o asentado incorrectamente en la relación de clientes y proveedores contenidas en las formas oficiales.
Presentar las declaraciones, las solicitudes, los avisos, la información a que se refiere el artículo 17-K del CFF, o expedir constancias, incompletos, con errores o en forma distinta a lo…
Caso: Por cada dato no asentado o asentado incorrectamente
$270.00 a $500.00
Infracción: CFF art. 81, fr. IIMulta: CFF art. 82, fr. II, inciso c)
Texto de la ley
CFF art. 81, fr. II: Presentar las declaraciones, las solicitudes, los avisos, la información a que se refiere el artículo 17-K de este Código, o expedir constancias, incompletos, con errores o en forma distinta a lo señalado por las disposiciones fiscales, o bien cuando se presenten con dichas irregularidades, las declaraciones o los avisos en medios electrónicos. Lo anterior no será aplicable tratándose de la presentación de la solicitud de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes.
CFF art. 82, fr. II, inciso c): De $270.00 a $500.00, por cada dato no asentado o asentado incorrectamente. Siempre que se omita la presentación de anexos, se calculará la multa en los términos de este inciso por cada dato que contenga el anexo no presentado.
Presentar las declaraciones, las solicitudes, los avisos, la información a que se refiere el artículo 17-K del CFF, o expedir constancias, incompletos, con errores o en forma distinta a lo…
Caso: Por no señalar la clave que corresponda a su actividad preponderante conforme al catálogo de actividades que publique la Secretaría de Hacienda y…
CFF art. 81, fr. II: Presentar las declaraciones, las solicitudes, los avisos, la información a que se refiere el artículo 17-K de este Código, o expedir constancias, incompletos, con errores o en forma distinta a lo señalado por las disposiciones fiscales, o bien cuando se presenten con dichas irregularidades, las declaraciones o los avisos en medios electrónicos. Lo anterior no será aplicable tratándose de la presentación de la solicitud de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes.
CFF art. 82, fr. II, inciso d): De $1,020.00 a $2,520.00, por no señalar la clave que corresponda a su actividad preponderante conforme al catálogo de actividades que publique la Secretaría de Hacienda y Crédito Público mediante reglas de carácter general, o señalarlo equivocadamente.
Presentar las declaraciones, las solicitudes, los avisos, la información a que se refiere el artículo 17-K del CFF, o expedir constancias, incompletos, con errores o en forma distinta a lo…
Caso: Por presentar medios electrónicos que contengan declaraciones incompletas, con errores o en forma distinta a lo señalado por las disposiciones…
CFF art. 81, fr. II: Presentar las declaraciones, las solicitudes, los avisos, la información a que se refiere el artículo 17-K de este Código, o expedir constancias, incompletos, con errores o en forma distinta a lo señalado por las disposiciones fiscales, o bien cuando se presenten con dichas irregularidades, las declaraciones o los avisos en medios electrónicos. Lo anterior no será aplicable tratándose de la presentación de la solicitud de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes.
CFF art. 82, fr. II, inciso e): De $6,230.00 a $20,790.00, por presentar medios electrónicos que contengan declaraciones incompletas, con errores o en forma distinta a lo señalado por las disposiciones fiscales.
Presentar las declaraciones, las solicitudes, los avisos, la información a que se refiere el artículo 17-K del CFF, o expedir constancias, incompletos, con errores o en forma distinta a lo…
Caso: Por no presentar firmadas las declaraciones por el contribuyente o por el representante legal debidamente acreditado
CFF art. 81, fr. II: Presentar las declaraciones, las solicitudes, los avisos, la información a que se refiere el artículo 17-K de este Código, o expedir constancias, incompletos, con errores o en forma distinta a lo señalado por las disposiciones fiscales, o bien cuando se presenten con dichas irregularidades, las declaraciones o los avisos en medios electrónicos. Lo anterior no será aplicable tratándose de la presentación de la solicitud de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes.
CFF art. 82, fr. II, inciso f): De $1,830.00 a $5,500.00, por no presentar firmadas las declaraciones por el contribuyente o por el representante legal debidamente acreditado.
Presentar las declaraciones, las solicitudes, los avisos, la información a que se refiere el artículo 17-K del CFF, o expedir constancias, incompletos, con errores o en forma distinta a lo…
CFF art. 81, fr. II: Presentar las declaraciones, las solicitudes, los avisos, la información a que se refiere el artículo 17-K de este Código, o expedir constancias, incompletos, con errores o en forma distinta a lo señalado por las disposiciones fiscales, o bien cuando se presenten con dichas irregularidades, las declaraciones o los avisos en medios electrónicos. Lo anterior no será aplicable tratándose de la presentación de la solicitud de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes.
CFF art. 82, fr. II, inciso g): De $920.00 a $2,500.00, en los demás casos.
No pagar las contribuciones dentro del plazo que establecen las disposiciones fiscales, cuando se trate de contribuciones que no sean determinables por los contribuyentes, salvo cuando el…
CFF art. 81, fr. III: No pagar las contribuciones dentro del plazo que establecen las disposiciones fiscales, cuando se trate de contribuciones que no sean determinables por los contribuyentes, salvo cuando el pago se efectúe espontáneamente.
CFF art. 82, fr. III: De $2,050.00 a $50,710.00, tratándose de la señalada en la fracción III, por cada requerimiento.
CFF art. 81, fr. IV: No efectuar en los términos de las disposiciones fiscales los pagos provisionales de una contribución.
CFF art. 82, fr. IV: De $25,360.00 a $50,710.00, respecto de la señalada en la fracción IV, salvo tratándose de contribuyentes que de conformidad con la Ley del Impuesto sobre la Renta, estén obligados a efectuar pagos provisionales trimestrales o cuatrimestrales, supuestos en los que la multa será de $2,520.00 a $15,200.00.
No proporcionar la información de las personas a las que les hubiera entregado cantidades en efectivo por concepto de subsidio para el empleo de conformidad con las disposiciones legales…
CFF art. 81, fr. V: No proporcionar la información de las personas a las que les hubiera entregado cantidades en efectivo por concepto de subsidio para el empleo de conformidad con las disposiciones legales que lo regulan, o presentarla fuera del plazo establecido para ello.
CFF art. 82, fr. V: Para la señalada en la fracción V, la multa será de $17,410.00 a $34,870.00.
No presentar aviso de cambio de domicilio o presentarlo fuera de los plazos que señale el Reglamento del CFF, salvo cuando la presentación se efectúe en forma espontánea
CFF art. 81, fr. VI: No presentar aviso de cambio de domicilio o presentarlo fuera de los plazos que señale el Reglamento de este Código, salvo cuando la presentación se efectúe en forma espontánea.
CFF art. 82, fr. VI: Para la señalada en la fracción VI la multa será de $5,070.00 a $15,200.00.
No presentar la información manifestando las razones por las cuales no se determina impuesto a pagar o saldo a favor, por alguna de las obligaciones que los contribuyentes deban cumplir de…
CFF art. 81, fr. VII: No presentar la información manifestando las razones por las cuales no se determina impuesto a pagar o saldo a favor, por alguna de las obligaciones que los contribuyentes deban cumplir de conformidad con lo dispuesto por el artículo 31, sexto párrafo de este Código.
CFF art. 82, fr. VII: De $1,260.00 a $12,790.00, para la establecida en la fracción VII.
No presentar la información a que se refieren los artículos 17 de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos o 19, fracciones VIII, IX y XII, de la LIEPS, dentro del plazo…
CFF art. 81, fr. VIII: No presentar la información a que se refieren los artículos 17 de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos o 19, fracciones VIII, IX y XII, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, dentro del plazo previsto en dichos preceptos, o no presentarla conforme lo establecen los mismos.
CFF art. 82, fr. VIII: Para la señalada en la fracción VIII, la multa será de $96,230.00 a $288,660.00.
Si cumples por tu cuenta, antes de que la autoridad lo descubra o te requiera, no se impone multa (CFF art. 73; para el IMSS, LSS art. 304-C).
Si pagas la multa dentro de los 30 días siguientes a que surta efectos su notificación, se reduce 20% sin trámite (CFF art. 75, fracción VII). No aplica en materia aduanera, ni cuando la multa ya se disminuyó por pagar en los 45 días del CFF art. 76, séptimo párrafo, ni en el caso del CFF art. 78.
Por omitir contribuciones, la multa es un porcentaje de lo omitido; si pagas en los 45 días siguientes a la notificación, se reduce 20% de lo omitido (CFF art. 76). Si la omisión fue por un error aritmético, la multa es de 20% a 25% y se reduce a la mitad si pagas en 15 días hábiles (CFF art. 78).
A quienes siguen en el Régimen de Incorporación Fiscal, las multas del capítulo se les reducen 50%, salvo que el artículo fije una menor (CFF art. 70).
Una multa que no se paga a tiempo se actualiza por inflación desde el mes en que debió pagarse (CFF art. 70).
También puedes solicitar la reducción de multas en los términos del CFF art. 74 y las reglas 2.14 de la RMF 2026.
En las multas laborales, la reincidencia duplica la multa anterior, y la autoridad toma en cuenta la intención, la gravedad, los daños y la capacidad económica (LFT art. 992).
Los montos del CFF son los del Anexo 5 de la RMF 2026 (DOF del 28 de diciembre de 2025), en vigor desde el 1 de enero de 2026. Cada uno se cruzó contra el CFF compilado: los 136 coinciden.
La conducta de cada multa es la fracción del CFF, de la LSS o de la LFT que describe la infracción, citada tal como está en la ley vigente.
Las multas laborales se fijan en UMA y se calculan con la UMA vigente al cometerse la violación (LFT art. 992). Las del IMSS se fijan en veces el salario mínimo diario general (LSS arts. 304-A y 304-B), que desde la reforma constitucional del DOF del 27 de enero de 2016 se entiende referido a la UMA; la LSS no dice de qué fecha, y aquí se usa también la de la infracción. La UMA diaria es de $117.31 desde el 1 de febrero de 2026 y de $113.14 en enero de 2026. En el buscador eliges cuál usar.
Cuando una misma conducta tiene varias multas según el caso, cada una aparece por separado con la línea «Caso», tomada del texto de la multa.
No mostramos las multas cuya conducta está derogada aunque sigan publicadas: CFF art. 82, fracciones XIII y XV, y LFT art. 1004-B.
Cada día hábil revisamos el DOF y el SAT, y cada lunes el Anexo 5 y las leyes, por si cambian. Un cambio se aplica sólo después de que CMS lo aprueba.
Primera versión con 247 multas: 165 de CFF, 23 de IMSS, 59 de LFT.
Validado por CMS · 10 oct 2026
Importante
Los montos y textos se reproducen de sus publicaciones oficiales con fines informativos. La multa que corresponde a cada caso depende de los hechos, de las agravantes o atenuantes y de la resolución de la autoridad. Ante cualquier diferencia prevalece la publicación en el Diario Oficial de la Federación.
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