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Dividendos y Ganancias Distribuidas – Personas Físicas

Los dividendos son ingresos acumulables que deben declararse ante el SAT en la declaración anual.

Última actualización: 25 de octubre de 2026

Guía de MiCont@, también publicada en micontax.mx

¿Qué son los dividendos?

Los dividendos son utilidades que distribuyen las personas morales (empresas) a sus socios o accionistas. Estos pagos representan una parte proporcional de las ganancias generadas y constituyen un ingreso acumulable para efectos del Impuesto Sobre la Renta (ISR).

Obligación fiscal

Según el artículo 140 de la Ley del ISR, las personas físicas deben:

  • Acumular los dividendos a sus demás ingresos en la declaración anual.
  • Acreditar el ISR pagado por la empresa que los distribuyó, siempre que cuenten con: constancia del dividendo y comprobante fiscal correspondiente.

El ingreso acumulable se integra por:

  • Ingreso acumulable: el dividendo recibido multiplicado por el factor 1.4286.
  • ISR acreditable: ese ingreso acumulable multiplicado por la tasa del 30%.

Retención adicional del 10%

Además del ISR ordinario, los dividendos están sujetos a una tasa adicional del 10%, que:

  • Es retenida directamente por la empresa al momento del pago.
  • Tiene carácter de pago definitivo.
  • La retención la hace solo la empresa residente en México. Si recibes dividendos de empresas residentes en el extranjero, también pagas el 10% adicional como pago definitivo, pero lo enteras tú mismo a más tardar el día 17 del mes siguiente al que los recibiste (artículo 142, fracción V, de la Ley del ISR); además, esos dividendos se acumulan en tu declaración anual.

¿Qué otros conceptos se consideran dividendos?

La ley también considera como dividendos, aún sin que se etiqueten así directamente:

  • Préstamos a socios o accionistas, cuando no sean parte normal de las operaciones, no se pacten intereses adecuados, o no se cumpla con las condiciones del contrato.
  • Gastos no deducibles que beneficien directamente a los accionistas.
  • Omisión de ingresos o compras falsas en la contabilidad.
  • Determinaciones presuntivas hechas por la autoridad fiscal.
  • Ajustes fiscales por operaciones entre partes relacionadas.

Recomendaciones

  • Conserva siempre tus constancias de dividendos.
  • Si recibes préstamos de tu empresa, documenta y justifica su naturaleza para evitar consideraciones fiscales adversas.
  • Al recibir dividendos, verifica si se realizó la retención del 10% y si puedes aplicar acreditamientos.

Esta guía es informativa y no sustituye la revisión de tu caso por un especialista. Las cifras corresponden a 2026; las leyes y las reglas del SAT cambian cada año.

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